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Prorrogan plazo para importación de alimentos, aseo, medicamentos y otros bienes

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Se prorroga la exención arancelaria a alimentos, aseos y medicamentos aprobados por el Ministerio de Finanzas y Precios con beneficios adicionales a las importaciones que se realizan sin carácter comercial por personas naturales.

El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) ha decidido extender hasta el 31 de marzo de 2024 la exención arancelaria para la importación al país de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos por la vía de viajeros como equipaje acompañado.

La medida está respaldada por la resolución 280 del 2023 del MFP, junto a las resoluciones 281 del MFP y la 445 del Ministerio de Salud Pública (MINSAP), publicadas el pasado 29 de diciembre en la Edición Extraordinaria 92 de 2023 de la Gaceta Oficial de la República.

En estas normas se resume que:

La importación se autoriza a pasajeros mediante el equipaje acompañado sin límites en su valor; por la modalidad de equipaje no acompañado es de hasta el límite de quinientos dólares estadounidenses (500.USD) del valor o peso equivalente, hasta 50 kilogramos (kg), en la relación valor por peso establecida por la Aduana General de la República (AGR).

Autorizar excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 31 de marzo de 2024, el incremento del límite del valor en aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de doscientos dólares estadounidenses (200,00 USD) hasta quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD).

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Autorizar de manera excepcional y temporalmente hasta el 31 de marzo de 2024, la importación sin carácter comercial y exenta del pago del Impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos que se importen por personas naturales como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de doscientos dólares estadounidenses (200 USD) o peso equivalente hasta veinte kilogramos (20 kg) en la relación peso/valor establecida por la AGR.

El beneficio dispuesto se aplica con la condición de que los artículos clasificados como alimentos o de aseo, así como los identificados como medicamentos e insumos médicos, que integren parte del equipaje acompañado o no del pasajero, se presenten ante la AGR en bultos separados del resto de los productos o que el contenido de los que se importen por personas naturales como envíos solo incluya dichos artículos según dispone la resolución 373 del 2023 de la Aduana General de la República.

Por otro lado, la Resolución 281 del MFP prorroga, hasta el 31 de marzo de 2024, la importación sin carácter comercial por encima del valor establecido para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería de plantas eléctricas de una potencia superior a los 900 vatios.

En cuanto a la Resolución 445 del MINSAP se autoriza excepcionalmente, sin carácter comercial, exenta del pago del impuesto aduanero y de forma temporal hasta el 31 de marzo de 2024, la importación en envases originales de medicamentos, así como de los insumos médicos para los pasajeros en el equipaje acompañado, y por las modalidades de equipaje no acompañado y por envíos aéreos, marítimos o postales por personas naturales.

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