Recurso de Reforma

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Created: Thursday, 01 November 2018 05:50
Published: Thursday, 01 November 2018 05:50
Written by Equipo de producción provincial
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Es la vía a través de la cual el contribuyente puede proceder ante una disposición dictada por la Administración Tributaria, dentro del término de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la notificación. Este no requiere del ingreso previo de la cantidad reclamada. La Oficina dispone de 60 días hábiles a partir de la fecha de su recepción para dar respuesta del mismo, prorrogables hasta los 90 días hábiles.