Recorre Salvador Valdés Mesa objetivos económicos en Villa Clara

El primer vicepresidente cubano dijo que el país gasta más de 500 millones de dólares en importaciones de materia prima para alimento animal y por eso hay que sembrar más maíz, sorgo y plantas proteicas y usar los deshechos de los polos turísticos y hospitales entre otros centros.

“A pesar de la agresividad de nuestros enemigos no nos vamos a amilanar y seguiremos avanzando, con la producción de alimentos como la primera de las prioridades”, afirmó en Santa Clara Salvador Valdés Mesa, primer vicepresidente de los consejos de estado y de ministros.
El también miembro del buró político del Partido comenzó un recorrido en Villa Clara por la fábrica de pienso Chichí Padrón, que dotada de tres nuevos molinos con la inversión que allí se desarrolla, y que deberá concluir en apenas dos meses, podrá incrementar la producción de 256 a 400 toneladas por jornada de 8 horas.
El primer vicepresidente cubano dijo que el país gasta más de 500 millones de dólares en importaciones de materia prima para alimento animal y por eso hay que sembrar más maíz, sorgo y plantas proteicas y usar los deshechos de los polos turísticos y hospitales entre otros centros.
En el Instituto de Biotecnología de las Plantas Salvador Valdés recibió una amplia explicación de su director Osvaldo Fernández sobre el trabajo que realizan allí para producir la semilla original de papa a partir de vitroplantas y sobre otras tecnologías como la Embriogénesis  Somática en café,  y en plátanos y bananos.
Luego de recorrer la bioléctrica Héctor Rodríguez de Sagua la grande en fase de movimiento de tierras y conocer la marcha del programa arrocero en Villa Clara, el primer vicepresidente cubano sostuvo  un entusiasta intercambio con los campesinos de Camajuaní integrantes del movimiento político productivo de los 90 por el 90 cumpleaños de Fidel.

Valdés Mesa elogió la abnegada labor y resultados de ese movimiento de vanguardia que a partir de una mejor atención integral y la aplicación de ciencia y técnica  ha logrado multiplicar la producción y los rendimientos.
El dirigente cubano se reunió también con los principales cuadros del sistema de la agricultura en Villa Clara para evaluar la marcha de la implementación del programa de autoabastecimiento Municipal.
Salvador Valdés Mesa estuvo acompañado durante todo el recorrido por Ulises Guilarte de Nacimiento, miembro del buró político y secretario general de la CTC y Gustavo Rodríguez Rollero, ministro de la agricultura entre otros dirigentes.

 

 
 
 

El mejor fertilizante para un campesino Pero todavía existe demasiado tradicionalismo y empirismo en nuestros campos y solo con la capacitación usando métodos adecuados, allí al pie del surco, enseñando lo que debe hacerse, puede ser efectiva. Hay que usar como “maestros ambulantes” como los llamó José Martí, a esos que van a la vanguardia

  • Documento de Creación de la Cooperativa.
  • Acta o Resolución de la Comisión Liquidadora.
  • Acta de Asamblea General de miembros.
  • Solicitud del Delegado o Director  Provincial y Municipal de la Agricultura.
  • Criterio del Presidente de la ANAP en sus tres niveles.
  • Resolución del Ministro de la Agricultura y notificación de la misma.

El objetivo de la visita del Primer Secretario por la agricultura de Santa Clara no era felicitar a nadie sino chocar con los problemas y se cumplió: está enyerbado el Valle del Yabú y falta fuerza de trabajo según constató en su recorrido por los campos.

Si fallece un Agricultor Pequeño, propietario o usufructuario de una finca rústica, aquellos familiares con grado filial, que se consideren con derecho a ser reconocidos herederos según establece el Decreto-Ley No. 125/91, deberán presentarse dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento para reclamar sus posibles derechos y se confecciona un Expediente que debe contener los siguientes documentos:

  • Declaración Jurada, con sello de $ 5.00 MN, declarando la existencia o no de otros posibles herederos y su dirección.
  • Certificado de defunción del causante.
  • Certificado de nacimiento de todos los posibles herederos, no se admiten los inscriptos por su propio derecho, o que no coincidan sus datos con los del causante.
  • Certificación de matrimonio emitido por el Registro del Estado Civil.
  • Tasación e inventario de la tierra, los bienes agropecuarios y bienhechurías emitido por la persona encargada de este trámite.
  • Certificado sobre la categoría del suelo. 
  • Criterio del Director de la empresa agropecuaria o persona jurídica sobre el trámite de ser necesario.
  • Certificado de Catastro.
  • Criterio del Presidente de la ANAP Municipal.
  • Certificación del Banco sobre posibles deudas.
  • Criterio de la Junta Directiva de la CCS.
  • Dictamen Legal del Director Provincial y Municipal de Control de la Tierra y del Jefe del Departamento Jurídico.
  • De existir contradicción entre las autoridades agrarias, someter el caso a la consideración de la Comisión Provincial de Asuntos Agrarios e incorporar al Expediente el Acta, con todos los análisis realizados, no pudiendo faltar las partes discordantes.
  • Resultados de las investigaciones practicadas.
  • Declaración de testigos realizadas ante funcionario público.
  • Constancia de comunicación del proceso a todos los presuntos herederos, los que al presentarse mediante escrito acompañarán sello de $ 5.00 MN.
  • Criterio del Delegado o del Director de la Agricultura en el Municipio.
  • Las representaciones serán por contrato de Servicios del Bufete Colectivo, los consultores presentarán resolución del Ministro de Justicia que lo autoriza.
  • Resolución del Delegado o Director Provincial del Ministerio de la Agricultura, no se admitirá solicitud sobre la parte de un copropietario que esté vivo ni se hará pronunciamiento alguno sobre ello, salvo ratificar esa condición.
  • Constancia de notificación a todas las partes (quién notifica, la fecha y nombre del notificado).
  • El Expediente Registral, deberá estar foliado, indizado, presillado y además, tener actualizada la hoja de trámites.
  • Constancia del pago en la ONAT.
  • Acta de Inscripción.
  • Al fallecer el usufructuario se elabora el expediente de adjudicación de herencia de los bienes agropecuarios que fueran propiedad y estando en posesión del causante, los que serán adjudicados a la persona que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 18 del Decreto-Ley No. 125/91, de no existir herederos con derecho a heredar, se trasmiten al patrimonio estatal.

El usufructuario que reciba los bienes agropecuarios estará en la obligación de indemnizar el valor proporcional que le correspondería al que no recibe la tierra en usufructo y cumple los requisitos que exige el mencionado artículo 18.