En el Anexo 2 de la Resolución 8 de 2013 del Ministerio de Trabajo y seguridad social, se establece el procedimiento para la tramitación de los cambios de ubicación laboral de los recién graduados de técnico medio y nivel superior y es necesario precisar los términos para dicho proceso:

  1. El trámite de cambio de ubicación laboral se solicita por el trabajador a partir de la fundamentación escrita de su necesidad de traslado a la entidad donde fue asignado con una carta de aceptación del organismo que lo solicita.
  2. Si la entidad no está de acuerdo en otorgar la liberación se lo notifica al trabajador, en un término de diez (10) días hábiles.
  3. Si la entidad está de acuerdo en otorgar la liberación la notifica a su organismo el cual a su vez, será el encargado de notificarle al trabajador, el resultado del análisis dentro del término de diez (10) días hábiles.
  4. El organismo evalúa la solicitud y dentro del término de diez (10) días hábiles notifica al trabajador la respuesta y emite la carta de liberación, para iniciar el trámite en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
  5. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene un término de diez (10) días hábiles para aprobar o no, la solicitud de traslado.
  6. Para los movimientos de graduados de Nivel Superior; el organismo que libera es el responsable de presentar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el expediente compuesto por:
    1. Carta de liberación con la firma autorizada del organismo al que fue asignado el graduado, dirigida al Director Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    2. Carta de aceptación con la firma autorizada del organismo que acepta al graduado, dirigida al Director Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    3. Boleta de Ubicación Laboral del graduado o su copia.

Nota aclaratoria:

1.- En el caso de Rehabilitaciones, remodelaciones y Divisiones la complejidad depende de:

           Baja: Construcción o demolición de muros hasta 6 ml, ampliaciones hasta 10 m²

           Media: Construcción o demolición de muros hasta 12 ml, ampliaciones hasta 15 m²

           Alta: Construcción o demolición de muros más de 12 ml, ampliaciones más de 15 m²

2.- En el resto de los casos la complejidad y las tarifas deben ser correspondientes:

           Baja: Hasta 60 m²

           Media: Entre 60 y 80 m²

           Alta: más de 80 m²                  

3.- En el caso en que no se realiza estudio de factibilidad, NO se cobra este.                                       

Pueden ejercer el trabajo por cuenta propia los ciudadanos cubanos y extranjeros residentes permanentes en Cuba mayores de 17 años que cumplan los requisitos establecidos para ello en la ley, resoluciones 41 y 42 del 2013 (regulan las actividades aprobadas y el alcance de las mismas) y la 33 del 2014 (regula las actividades relacionadas con el arrendamiento de viviendas, locales y espacios) las tres aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Las licencias se tramitan en las direcciones municipales de trabajo en un término de cinco días de que se solicita a que se autoriza por el Director municipal. Se puede realizar el mismo de lunes a viernes en el horario de 8 de la mañana a 5 de la tarde.

Las actividades que se ejercen en sus viviendas, espacios arrendados o lugares aprobados por el CAP.

Este órgano tiene facultad para limitar el ejercicio de actividades en los territorios según el número de trabajadores ejerciendo, fundamentalmente.

Los documentos que se exigen para el otorgamiento de las licencias:

  1. Carné de identidad
  2. Dos fotos de carné 1x1
  3. Licencias sanitarias en el caso de las actividades de alimentos
  4. Para la actividad de Cantero, se requiere autorización por la oficina de Energía y Minas
  5. Para los arrendamientos de espacios, se requiere autorización de Planificación Física
  6. Para las actividades de alimentos, se requiere licencia sanitaria

Las licencias son personales e intransferibles.

Documentos que debe presentar:

  • Titularidad de terreno (Derecho Perpetuo de Superficie o Cesión de Azotea según corresponda).
  • Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.

Tarifa de precios     

Baja Media Alta
180.00 240.00 300.00

¿Por qué lo necesito?

Toda obra necesita una documentación técnica (proyecto) realizada por personal calificado para obtener los resultados deseados. Esta documentación es el reflejo de sus necesidades llevadas a planos de ejecución por un profesional, que, además, aporta sus conocimientos para que su proyecto sea único y a la vez se integre adecuadamente al entorno que lo rodea.

El proyecto es indispensable para obtener la licencia de construcción que a su vez es necesaria para la legalización de todas las obras nuevas o modificaciones a los inmuebles.

Nota aclaratoria:

1.- En el caso de Rehabilitaciones, remodelaciones y Divisiones la complejidad depende de:

           Baja: Construcción o demolición de muros hasta 6 ml, ampliaciones hasta 10 m²

           Media: Construcción o demolición de muros hasta 12 ml, ampliaciones hasta 15 m²

           Alta: Construcción o demolición de muros más de 12 ml, ampliaciones más de 15 m²

2.- En el resto de los casos la complejidad y las tarifas deben ser correspondientes:

           Baja: Hasta 60 m²

           Media: Entre 60 y 80 m²

           Alta: más de 80 m²                  

3.- En el caso en que no se realiza estudio de factibilidad, NO se cobra este. 

Documentos que debe presentar:

  • Titularidad de la vivienda (copia).
  • Certificado de Uso de Suelo, Regulaciones y Numeración.

Tarifa de precios

Baja Media Alta
170.00 240.00 315.00