Trámites de la UNE
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- Creado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
- Publicado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
- Escrito por Equipo de producción provincial
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Para hacer una solicitud de suministro de energía eléctrica el cliente se debe presentar en la Oficina Comercial de la localidad correspondiente con no menos de diez (10) días naturales de antelación a la necesidad del servicio. Dentro de ese término se verifica si cumple o no con las condiciones técnicas para la ejecución del servicio.
El cliente debe facilitar los siguientes datos:
1. Nombre y Apellidos del solicitante.
2. Número de carné de identidad.
3. Dirección del inmueble en cuestión detallando:
4. Presentación del documento idóneo que acredite que el solicitante se encuentra en posesión legal del inmueble. Se aceptan cualquiera de los siguientes documentos:
5. Exigir que se presente la liquidación del lugar de procedencia en caso de ser alta por traslado.
6. Magnitud de la carga a conectar, detallando número y capacidad de luces y otros equipos eléctricos que se vayan a utilizar, así como el voltaje de operación de los mismos.
Para ampliar la información usted puede consultar el documento: UC-CC 0001 Contratación de servicios en el sector residencial.
| Oficinas Comerciales | Horario | Teléfonos |
| OC San Luis | 8:00 am - 5:00 pm | 797533 |
En las Oficinas Comerciales de las UEBT se brindan varios servicios a los clientes en el sector residencial, entre los que podemos mencionar: Altas, Bajas, Traslados, Cambios de Nombre, Cambios de CEE.
Altas por viviendas existentes
Toda persona a la cual se le entrega una vivienda debe presentarse en la Oficina Comercial ubicada en el área de dicho inmueble para efectuar la solicitud de servicios correspondiente.
Altas por reconexión (más de 30 días de haber causado baja)
Este caso se le da tratamiento de nuevo servicio.
Bajas
Las bajas pueden producirse por solicitud del cliente u ordenado por la Oficina Comercial, por abandono del servicio o por incumplimiento del pago de la cuenta.
Las bajas solicitadas por los clientes pueden ser definitivas o temporales y en todos los casos se realiza el cobro de la cuenta final, obteniéndose un consumo estimado entre la fecha de la última lectura y la fecha de solicitud de la baja.
Traslados
Para el caso de los traslados o las permutas, el cliente debe presentarse en la Oficina Comercial para hacer la solicitud del servicio.
Cambio de nombre
Se efectúan a solicitud del cliente presentándose con la última cuenta pagada y cualquiera de los documentos mencionados en la sección Solicitud de suministro de energía eléctrica
Cambios de CEE
El Cambio de CEE por aumento o disminución de capacidad puede ser solicitado por el cliente o por orden de los inspectores.
Las causas que originan cambio de CEE ordenado por los inspectores son:
Para ampliar la información usted puede consultar el documento: UC-CC 0004 Altas, bajas, traslados, cambios de nombre y de CEE en el sector residencial.
Los clientes podrán reportar una queja por daño a la propiedad hasta el término de tres días hábiles (3) posteriores a la ocurrencia del hecho por las siguientes vías:
Para presentar una reclamación por el cliente interesado y aceptar la misma por la Empresa Eléctrica, el inmueble, local, o lugar donde se produzca el daño de los equipos cuya reposición se reclama, debe tener instalaciones eléctricas básicas provistas de:
Si al momento de ocasionarse el daño se estableciere la inexistencia de los equipos de protección señalados, la Empresa Eléctrica no procederá a la reposición del equipo o a la reparación del daño.
Se consideran causales para que una reclamación por daños a la propiedad sea aceptada para su tramitación y evaluación, aquellas imputables a la actividad de la Empresa Eléctrica y que provengan exclusivamente de:
La Empresa no aceptará reclamaciones por las siguientes razones:
Para ampliar la información usted puede consultar el documento: UC-CC 0009 Atención a daños a la Propiedad.
Se consideran servicios eventuales aquellos cuyo período de contratación sea inferior a 90 días. Se consideran dos tipos de servicios eventuales: Base Fija y Base Variable.
Los servicios eventuales de base fija se aplica en el sector privado a todos los servicios contratados por un período de hasta 90 días y debe cobrarse por adelantado. Esta forma de cobro se aplicará a los clientes Privados no residenciales que pagan en efectivo su consumo, ej: iglesias, logias y otros.
La base variable se aplicará a los servicios contratados del sector estatal por un período mayor de 30 días, tales como facilidades temporales para actividades constructivas de cualquier organismo, pistas de baile u otras instalaciones que se usen frecuentemente para actividades festivas, kioscos o puntos de venta permanentes y otras instalaciones estatales en los que aunque su utilización sea ocasional, esté definido su propietario con el cual exista contrato de servicio eléctrico.
Los servicios eventuales para el privado residencial tienen que cobrarse siempre por adelantado. Esta forma de cobro se aplicará a los clientes Privados no residenciales que pagan en efectivo su consumo, ej.: iglesias, trabajadores por cuenta propia, etc.
Para ampliar la información usted puede consultar el documento: UC-CC 0007 Servicios Eventuales.