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Creado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
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Publicado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
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Comienza un año y es momento de mirar hacia atrás con la visión crítica para aprender de los errores y trazar el camino, para que los pasos en el 2017 sean más sólidos y nos encaucen a lograr nuestros propósitos.
Bajo este principio, la Dirección Provincial de Trabajo invita a todos los trabajadores del sistema a participar en el Balance de Trabajo del año 2016 el cual se desarrollará el próximo día 9 de febrero de 2017 en el Palacio de la Ciudad a las 9:00 am.
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Creado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
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Publicado: Jueves, 01 Noviembre 2018 05:50
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Escrito por Equipo de producción provincial
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El cumplimiento del servicio social está establecido en la Ley 116/2015, Código de Trabajo y el Decreto 326 y el cambio de ubicación laboral en la resolución 8/2013 del Ministerio de trabajo y seguridad social.
El servicio social consiste en el cumplimiento del deber de los graduados de cursos diurnos, que alcanzan los conocimientos en el nivel superior y técnico profesional de la educación, de ponerlos en función de la sociedad de conformidad con la planificación y prioridades del desarrollo económico y social.
El servicio social tiene una duración de tres años y se combina con el servicio militar activo, de modo que la suma de ambos complete los tres años y se cumple en el lugar y labor en la entidad a que se destine el graduado.
Cuando resulta necesario el traslado de un graduado asignado a un órgano, organismo, entidad nacional, organización superior de dirección u otras entidades para el cumplimiento del servicio social, hacia otro, se somete a la aprobación de las autoridades que lo asignaron, a partir de la conformidad de ambos órganos, organismos, entidades nacionales u organizaciones superiores de dirección u otras entidades.
En los casos de traslados internos, la aprobación se somete al jefe del órgano, organismo, entidad nacional, organización superior de dirección, u otras entidades o en quien este delegue, donde fue asignado el graduado.