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Credos y Religiones

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El Estado Socialista garantiza el derecho de Asociación reconocido en el Art. 53 de la Constitución de la República, como medio a través del cual los ciudadanos pueden realizar múltiples actividades que coadyuven al desarrollo de la Ciencia, la Cultura, los Deportes, las Iniciativas Creadoras, el esparcimiento y la recreación en el tiempo libre, así como de las manifestaciones de Amistad y Solidaridad humana y otras formas de Organización para el beneficio Social.

En la Provincia radica un Departamento Provincial de Asociaciones y un Registro Provincial de Asociaciones adscrito a la Dirección Provincial de Justicia en el que se inscriben las Asociaciones que se constituyen en el Territorio.
El Departamento atiende también a los Líderes Religiosos de las distintas Denominaciones e Instituciones Religiosas Radicadas o con presencia en la Provincia.

En la provincia se localizan 183 asociaciones de las distintas Categorías. 122 Fraternales (Logias), 7 Científicas, 23 de Carácter Social, 7 Científicas, 28 deportivas, 2 de carácter Cultural e igual número de Amistad, Del total de las Asociaciones referidas 49 tienen su sede en el municipio cabecera sobre todo las de carácter Provincial, El resto se reparten por los 12 municipios restantes del territorio, siendo en su mayoría fraternales, Sociales y las deportivas.

Desde la Dirección Provincial de Justicia, el Departamento de asociaciones atienden las instituciones religiosas, evangélicas y protestantes, teniendo acreditadas 38 representantes de las instituciones religiosas reconocidas en el país. Se controlan 8 centros espiritistas y 2 asociaciones cubanas de origen africano, las Yorubas y las Bantú.

Como parte de la atención que se brinda a las instituciones eclesiásticas o religiosas se garantiza:

  • Autorización para la realización de actividades en instituciones religiosas.
  • Se tramitan las solicitudes para la celebración de cultos en las viviendas de propiedad personal que ofician cultos (casas cultos) de acuerdo a lo establecido en La Resolución 46 del 2005 del Ministro de Justicia.
  • Se Tramitan los permisos de reparación, remodelación, Reconstrucción y Construcción de locales a las instituciones eclesiásticas o religiosas.

Así partiendo del derecho ciudadano a la libertad de creencia, se constituye en Villa Clara un presente “con todos y para el bien de todos”.

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